Luego de concluido el debate del proyecto de reformas a la Ley de Participación Ciudadana y Control Social, se resolvió que el Consejo Nacional Electoral se encargará de revisar los requisitos de los postulantes, entre los cuales se enlistan los siguientes: el tener 30 años de edad, acreditar trayectoria en organizaciones sociales, título de tercer nivel, entre otros, pero el CNE no podrá seleccionar candidatos para esta función.
Entre las prohibiciones del solicitante están:
- El impedimento de la participación a los cónyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con los miembros del CNE.
- Asambleístas, autoridades de elección popular, las designadas por el Consejo de nivel jerárquico superior, que estén en funciones o hayan dejado sus cargos con al menos seis meses antes de la postulación.
Además se ha definido que sean 7 los candidatos que se someterán al voto de la ciudadanía en las elecciones seccionales del 2019.