El presidente de la República, Guillermo Lasso, vetó parcialmente el proyecto de reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. El Mandatario señala que existen ciertas partes del proyecto que no son armónicas con el marco constitucional vigente, ni con los retos que la digitalización y modernización requieren.
Por considerar inconstitucional algunos artículos puntuales, el presidente Guillermo Lasso remitió a la Asamblea Nacional su objeción parcial al proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. El Ejecutivo vetó cuatro artículos. El primero se refiere a que las plataformas digitales deben estar ancladas a cooperativas de taxis para poder operar.
El segundo tiene que ver con la propuesta de prohibir la cesión de acciones o participaciones durante cinco años en las compañías de transporte terrestres. Mientras que la tercera objeción se relaciona con el artículo que centraliza en la Agencia Nacional de Tránsito la competencia que hoy también tienen los gobiernos locales para el otorgamiento de títulos habilitantes, lo cual es un retroceso -según el Ejecutivo- en materia de descentralización del Estado. Finalmente, la norma propone la moratoria para el otorgamiento de títulos habilitantes por dos años para transporte público y comercial, lo cual frenaría la creación de nuevas empresas, el crecimiento y formalización de nuevas compañías de transporte y la adquisición de camiones por parte de las compañías.
El Ejecutivo, resaltó en su mayoría, que el proyecto es positivo para los intereses del país, ya que incorpora herramientas para un desarrollo ordenado del tránsito y transporte, actualizando la legislación acorde con las necesidades y retos de una industria que debe tender hacia mejoras tecnológicas y menor contaminación. Señaló además, que existen ciertas partes del proyecto que no son armónicas con el marco constitucional vigente, ni con los retos que la digitalización y modernización requieren.
Lasso calificó como institucional al proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, aprobada por la anterior Asamblea el 30 de abril de 2021. Dentro del cuerpo legal a las que el Ejecutivo ha hecho objeciones, citó los artículos 46, 56, 57, 58 y 169 por considerarlos “contrarios a la Constitución de la República”. Además, se objetaron otros dos, relativos a la competencia de otorgamiento de títulos habilitantes de transporte mixto -actualmente otorgada a los Gobiernos Autónomos Descentralizados- sobre la que el Mandatario reiteró que estas no deben ser descentralizadas. Adicionalmente, mandó a revisión de la Corte Constitucional algunos artículos aprobados por la anterior Asamblea Nacional.